SUSPENSION DE TODOS LOS ESPECTACULOS PUBLICOS, HABILITACION DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN GIMNASIOS Y LUGARES CERRADOS Y EXHORTACION A DETEMINADAS EMPRESAS A EXTENDER SUS HORARIOS DE APERTURA AL PUBLICO
Los propietarios y administradores de los establecimientos mencionados en los artículos 2°, 3° y 4° del presente Decreto deberán velar en todo momento por el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios dispuestos por las autoridades competentes.