VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo No.309/004 de 24 de agosto de
2004;
RESULTANDO: I) que por el mismo se dispuso suprimir la dosis de la vacuna
BCG a la edad de 5 años, eliminándola del Certificado Esquema de
Vacunación que forma parte integral del citado Decreto;
II) que con fecha 26 de agosto de 2004, el Departamento de Epidemiología
de la División Salud de la Población del Ministerio de Salud Pública,
informa que el Certificado Esquema mencionado, padece un error dado que
la vacuna Triple Viral no se aplica a la edad de 12 años;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión Honoraria Para la Lucha Antituberculosa
y Enfermedades Prevalentes, emitió su conformidad al respecto;
II) que la Dirección General de la Salud, de la mencionada Secretaría de
Estado, no formula objeciones;
III) que se estima necesario proceder en consecuencia, modificando el
Decreto del Poder Ejecutivo No.309/004 de 24 de agosto de 2004, según lo
aconsejado;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2°. del
Decreto-Ley No.15.272 de 4 de mayo de 1982;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 309/004 de 24/08/2004 artículo 1.
BATLLE - CONRADO BONILLAAyuda