PRORROGA PROHIBICION EXPORTACION DE METALES




Promulgación: 30/11/2000
Publicación: 05/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1025
Referencias a toda la norma
VISTO: las dificultades para el abastecimiento de chatarra ferrosa que 
enfrentan las empresas siderúrgicas nacionales;

RESULTANDO: que el Decreto Nº 5/000 de 7 de enero de 2000, completó el 
proceso de desregulación de las exportaciones de metales que habían sido 
declarados artículos de primera necesidad por el Decreto Nº 312/972 de 28 
de abril de 1972;

CONSIDERANDO: que el comportamiento de los mercados con posterioridad a 
la entrada en vigencia del Decreto Nº 5/000 de 7 de enero de 2000 amerita 
reimplantar las restricciones a la exportación de chatarra de acero y 
fundición de hierro;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por los 
artículos 11, 12 apartado C) y 14 de la Ley Nº 10.940 de 19 de setiembre 
de 1947;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Prohíbese por 180 días, a partir de la vigencia del presente, la 
exportación de chatarra de acero y de fundición de hierro.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc..

HIERRO LOPEZ - SERGIO ABREU - DIDIER OPERTTI - ALBERTO BENSION


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