Habiendo quórum para sesionar, el Presidente declarará abierta la
sesión, disponiendo la lectura del acta o actas anteriores correlativas si
las hubiera, aprobada en su caso dicha acta o actas se tratarán a
continuación los asuntos incluídos en el Orden del Día y los que la
Presidencia o un Director proponga a consideración del Directorio y que
éste, por mayoría acepte sean incluídos.