COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES DE REPRODUCTORES OVINOS DE PEDIGREE. BENEFICIOS




Promulgación: 30/07/1970
Publicación: 05/08/1970

Resumen:

Prorrógase la vigencia de lo dispuesto por Decreto Nº 256/969, el cual exonera por el plazo de un año del pago de derechos aduaneros y 
adicionales, tributos a la importación o de aplicación en ocasión de la misma, recargos y otros gravámenes, a las importaciones de reproductores ovinos de pedigrée.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 630/971 Derogada/o de 
30/09/1971.

Artículo 1



		
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