APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. MERCOSUR




Promulgación: 23/07/2008
Publicación: 30/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 235
VISTO: el Sexagésimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de
Complementación Económica Nº 18, suscrito el 11 de abril de 2008 entre los
Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil,
la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados
Partes del MERCOSUR, al amparo de las disposiciones establecidas en el
Tratado de Montevideo de 1980;

RESULTANDO: I) que en el mismo se incorpora al Acuerdo de Complementación
Económica Nº 18, la Directiva Nº 05/06 relativa a "Nota Explicativa Nº 2
al Régimen de Origen MERCOSUR", aprobada por la Comisión de Comercio el 10
de noviembre de 2006, con el objeto de garantizar el acceso a los
operadores comerciales a las materias consensuadas en el Régimen de Origen
MERCOSUR;

II) que la citada protocolización fue realizada conforme a lo previsto en
el artículo 4 de la Directiva CCM Nº 05/06;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 del
mencionado Protocolo, éste entrará en vigor 30 días después de la
notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios
de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando
la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo
Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del
MERCOSUR;

II) que a los efectos referidos precedentemente, corresponde incorporar al
ordenamiento jurídico interno, el Sexagésimo Primer Protocolo Adicional al
Acuerdo de Complementación Económica Nº 18;

ATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República
Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el Sexagésimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de
Complementación Económica Nº 18, suscrito el 11 de abril de 2008 entre los
Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil,
la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados
Partes del MERCOSUR, que incorpora al Acuerdo de Complementación Económica
Nº 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de
Montevideo de 1980, la Directiva Nº 05/06 de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR relativa a "Nota Explicativa Nº 2 al Régimen de Origen MERCOSUR".
(*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.

TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON - MARIO BERGARA - DANIEL MARTINEZ - ERNESTO
AGAZZI
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