MODIFICACION DE LA DELEGACION DE LA REPUBLICA EN LA COMISION MIXTA ECONOMICO COMERCIAL CON LA UNION DE LAS REPUBLICAS SOCIALISTAS SOVIETICAS




Promulgación: 30/08/1984
Publicación: 19/09/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 530
 Visto: que la Delegación de la República a la Comisión Mixta Económico-
Comercial con la Unión de República Socialista Soviéticas se encuentra
desintegrada.

 Considerando: I) Que dicha Comisión Mixta Económico-Comercial fue creada
por intercambio de Notas Reversales de fecha 21 de febrero de 1967,
estructurándose la Delegación de la República por decreto 323/967, de
fecha 23 de mayo de 1967;

II) Que próximamente se llevará a cabo la primera Reunión de dicha
comisión, haciéndose aconsejable proceder para entonces a la reestructura
de nuestra Delegación.

 Atento: al decreto 323/967, de fecha 23 de mayo de 1967, al decreto
574/974 de fecha 12 de julio de 1974 y al intercambio de Notas Reversales
de fecha 21 de febrero de 1967,

                     El Presidente de la República
                               DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase la Delegación de la República a la Primera Reunión de la
Comisión Mixta Económico-Comercial con la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas que quedará integrada de la siguiente manera: un Delegado del
Ministerio de Relaciones Exteriores, un Delegado  del Ministerio de
Economía y Finanzas - Dirección General de Comercio Exterior - y un
Delegado de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.

Artículo 2

   El Delegado del Ministerio de Economía y Finanzas presidirá la referida
Delegación a la Comisión Mixta Económico-Comercial.

Artículo 3

   La Delegación de la República en la Comisión Mixta Económico-Comercial,
estará asimismo integrada por asesores de los diversos Ministerios y
organismos del Estado que corresponda de acuerdo a los temas que deba
considerar.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - FILIBERTO GINZO GIL
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