Del Ministerio de Salud Pública. Compete al Ministerio de Salud Pública regular, habilitar y fiscalizar, según criterios geriátricos-gerontológicos, a los establecimientos que brinden cuidados a personas mayores, así como evaluar el cumplimiento de las condiciones sanitarias exigibles de acuerdo a la Ley N° 17.066 de 24 de diciembre de 1998 y el presente Decreto.