REDISTRIBUCION DE PARTIDAS DE SUBVENCIONES Y RECURSOS EXTRAPRESUPUESTALES DEL MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 16/08/1994
Publicación: 30/08/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 371

Artículo 2

   A partir del 1º de enero de 1994 los recursos extrapresupuestales que
se indican a continuación quedarán asignados a los Programas y Unidades
Ejecutoras siguientes:

  1) Los originados en la aplicación de los Arts. 65 a 67 de la ley Nº
13.695, de 24 de octubre de 1968 y modificativos, quedan asignados al
Programa 03 "Recursos Naturales Renovables" Unidad Ejecutora 004
"Dirección de Suelos y Aguas".

  2) Los derivados de la aplicación del decreto Nº 546/981, de 28 de
octubre de 1981, quedan asignados al Programa 03 "Recursos Naturales
Renovables" Unidad Ejecutora 004 "Dirección de Suelos y Aguas", con
destino a la División Laboratorio de Microbiología de Suelos.

  3) Los previstos en el literal c) del Art. 273 de la ley Nº 16.170, de
28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el Art. 211 de la ley
Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, quedan asignados al Programa 03
"Recursos Naturales Renovables", Unidad Ejecutora 005 "Dirección
Forestal".

  4) Los que estaban destinados a las ex Direcciones de Servicio Aéreo y
de Promoción y Desarrollo Local, quedan asignados al Programa 04
"Servicios Agrícolas" Unidad Ejecutora 006 "Dirección General de
Servicios Agrícolas".

  5) Los derivados de la aplicación del decreto-ley Nº 15.173, de fecha
13 de agosto de 1981 y de normas modificativas quedan asignados al
Programa 04 "Servicios Agrícolas" Unidad Ejecutora 006 "Dirección General
de Servicios Agrícolas" con destino a la Dirección de Semillas.

  6) Los originados en la aplicación del numeral 4 del Art. 277 de la ley
Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, quedan asignados al Programa 04
"Servicios Agrícolas" Unidad Ejecutora 006 "Dirección General de Servicios
Agrícolas" con destino a la Unidad de Calidad.
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