El Ministerio de Industria y Energía, en la misma resolución
aprobatoria del proyecto de inversión, determinará el monto y plazo de
aplicación del beneficio de canalización del ahorro establecido por el
artículo 9º de la ley 14.178 de Promoción Industrial de acuerdo con el
artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979, y la
información que la empresa estará obligada a aportar a la Unidad Asesora
de Promoción Industrial durante el plazo de desarrollo del proyecto.