SUSPENSION DE LA APLICACION DEL DECRETO 275/023, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE CREDITO A ORGANISMOS ESTATALES NO CONTRIBUYENTES DE IVA




Promulgación: 10/11/2023
Publicación: 16/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: lo dispuesto en el Decreto N° 275/023, de 11 de setiembre de 2023;

   RESULTANDO: I) que por el artículo 1° de la norma mencionada, se suspende a partir del 1° de setiembre de 2023 el otorgamiento de certificados de crédito a organismos estatales no contribuyentes de Impuesto al Valor Agregado, a emitirse al amparo del artículo 85 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998;

   II) que por el artículo 2° de la norma mencionada en el Visto, a partir del 1° de setiembre de 2023, los créditos otorgados a organismos estatales no contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado mediante decretos o resoluciones del Poder Ejecutivo anteriores al 31 de agosto de 2023, dejarán de ser materializados mediante la entrega de certificados de crédito emitidos por la Dirección General Impositiva;

   CONSIDERANDO: que los sistemas informáticos de los organismos estatales involucrados, aún no están en condiciones de operar en forma eficiente el cambio implementado;

   ATENTO: a los precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Suspéndese la aplicación del Decreto N° 275/023, de 11 de setiembre de 2023, desde la fecha de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Artículo 2

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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