FIJACION DE MONTOS PARA CERTIFICADOS DE HABILITACION POLICIAL, DOCUMENTOS Y MULTAS. JEFATURAS DE POLICIA




Promulgación: 10/05/1988
Publicación: 31/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: lo preceptuado en el artículo 2 del decreto ley 15.046 de 5 de agosto de 1980.

   Resultando: I) Que la Contaduría Central del Ministerio del Interior propone la actualización de los valores fijados por el decreto 350/987, 
de 28 de julio de 1987 para los Certificados de Habilitación Policial y otros documentos que expiden las Jefaturas de Policía así como de las multas que se aplican por incumplimiento de lo dispuesto en el decreto 529/979 de 25 de setiembre de 1979.

   II) Que los ajustes mencionados se efectuaron conforme a la variación operada en el Indice de los Precios del Consumo, en el período 31 de diciembre de 1986 - 31 de diciembre de 1987. 

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio del Interior.

   El Presidente de la República 

                            DECRETA:

Artículo 1

   Actualízase el valor de los Certificados de Habilitación Policial en 
la forma que a continuación se establece:

a) Trámite común: N$ 197.00 (nuevos pesos ciento noventa y siete);
b) Trámite urgente: N$ 343.00 (nuevos pesos trescientos cuarenta y tres)

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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