APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2021




Promulgación: 21/10/2021
Publicación: 01/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Partidas no limitativas. No constituyen partidas limitativas la Versión de Resultados (art. 643° de la Ley N° 16.170), el Impuesto Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Patrimonio, el Impuesto a la Rentas a las Actividades Económicas (Ley N° 18.083), la amortización de préstamos, los intereses a devengar por los mismos, las partidas para incentivo al retiro, la compra y transporte de crudo y derivados, compra y transporte de gas natural licuado y gas natural. 
   Las modificaciones efectuadas de acuerdo con las necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas de la República y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

   Los valores de estas partidas figuran en el presupuesto a nivel de precios enero - junio 2020.
   El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad, dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
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