APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2021




Promulgación: 21/10/2021
Publicación: 01/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo a la normativa vigente, previa expresa resolución fundada del Directorio. Se deberá cumplir con los extremos dispuestos en el Art. 765° de la Ley N° 19.355 y en el Art. 3° del Decreto N° 159/02, de 30 de Abril de 2002.
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