{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "354" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA URUGUAY S.A. AGOSTO 2002" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/09/12/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/09/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/09/2002" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 550 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) \r\ntendiente a que se le autorice un ajuste del 24,70% en sus tarifas, a \r\nregir a partir del 1º de agosto de 2002.\r\n\r\nRESULTANDO: los cálculos de las actualizaciones de los diferentes valores \r\nde las variables incluídas en el período junio-julio, arroja el \r\nincremento tarifario mencionado.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que el aumento propuesto se compatibiliza con lo \r\nestablecido en el numeral 11 y en el Anexo VI numeral 2º del Pliego de \r\nBases y Condiciones.\r\n\r\nATENTO: a lo informado por el Organismo Técnico de Contralor, y lo \r\nestablecido en el Art. 51 de la Constitución de la República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/354-2002/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase a la firma Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) un \r\najuste del 24,70% en sus tarifas a regir a partir del 1º de agosto de \r\n2002, para el gas manufacturado y el gas propano.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/354-2002/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - SERGIO ABREU\r\n\r\n\r\n " 
 }