INCORPORACION RESOLUCION SOBRE SEGURIDAD FISICA DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. RESOLUCION GMC 01/13




Promulgación: 25/10/2013
Publicación: 12/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1894
VISTO: la Resolución N° 1/13, de 7 de junio de 2013, del Grupo Mercado
Común por la que se deroga la RES. GMC N° 10/93 relativa a "Seguridad
Física de Sistemas de Comunicaciones".

RESULTANDO: que la misma fue elaborada en la Comisión Temática de
Servicios Públicos (CTSP-T) del Sub-Grupo de Trabajo N° 1 "Comunicaciones
del MERCOSUR".

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del
Protocolo adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional
del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por Ley 16.712
de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar las
medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR, previstos
en el artículo 2 del referido Protocolo;

II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contradigan la
legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de
lo dispuesto en los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado,
declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución.

ATENTO: a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Incorpórase al Derecho Interno, a partir de la publicación del presente
decreto en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado Común N°
01/13 por la que se deroga la RES. GMC 10/93 sobre "Seguridad Física de
Sistemas de Telecomunicaciones".(*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 Facúltase a la Unidad de Servicios de Comunicaciones para que comunique a
la Secretaría de MERCOSUR, a través de la Coordinación Nacional del Grupo
Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la
referida resolución.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC).

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - LUIS PORTO
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