LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. TABACOS CIGARROS Y CIGARRILLOS




Promulgación: 15/07/1985
Publicación: 20/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 56
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Lo dispuesto en los precedentes artículos se aplicará para los hechos
generadores ocurridos a partir de la publicación de este decreto en 2
(dos) diarios de la capital.
Referencias al artículo
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