VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Educación y Cultura
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre
de 2005.-
RESULTANDO: que se constató que erróneamente se omitió en el planillado
anexo a la mencionada Ley, la registración en el Programa 010 "Ministerio
Público y Fiscal", Unidad Ejecutora 020 "Procuraduría del Estado en lo
Contencioso Administrativo", de los créditos correspondientes a la
incidencia de su artículo 388.-
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones del referido
error.-
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la
aprobación de la Asamblea General, y a lo dispuesto por el artículo 4º de
la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.930 de
19 de diciembre de 2005, el crédito asignado al Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura", Programa 010 "Ministerio Público y Fiscal", Unidad
Ejecutora 020 "Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo",
Financiación 1.1 "Rentas Generales", durante los ejercicios 2006 a 2009,
según el siguiente detalle:
Valores a 1º de enero de 2005
Objeto de Gasto Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009
092 59.728,oo 119.456,oo 179.184,oo 328.505,oo
059 4.977,oo 9.955,oo 14.932,oo 27.375,oo
066 11.946,oo 23.891,oo 35.837,oo 65.701,oo
081 12.618,oo 25.235,oo 37.853,oo 120.714,oo
082 647,oo 1.294,oo 1.941,oo 3.559,oo
Total 87.916,oo 179.831,oo 269.747,oo 545.854,oo