REGLAMENTACION DE LA LEY N° 19.721, RELATIVA A LA REGULACION DEL TRABAJO EN LA SEGURIDAD PRIVADA. DEROGACION DEL ART. 10 DEL DECRETO 198/009 Y ARTS. 1°, 2°, 7°, 8°, 12, 13, 14, 16 Y 20 DEL DECRETO 211/010




Promulgación: 20/01/2022
Publicación: 27/01/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.721 de 21/12/2018.
Ver: Decreto Nº 276/024 de 24/10/2024 artículo 2 (sustituye denominación 
de Cap. III).

TÍTULO VI - TRÁMITES Y NOTIFICACIONES
CAPÍTULO I DE LOS TRÁMITES CON DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS (DI.GE.F.E.)

Artículo 93

   (Del registro de infractores). El registro de infractores establecido en el artículo 46 inciso 1° de la Ley N° 19.721, de 21 de diciembre de 2018, se incluirá a los servicios en línea, haciendo constar el acto resolutivo de habilitación y detalle de las infracciones.
   Dicho registro deberá ser consultado en forma previa a la habilitación, como parte del proceso al que refiere la Ley N° 19.721, de 21 de diciembre de 2018 y a los efectos previstos en los artículos 44 y 45 de la misma.
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