{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "35" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MALDONADO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/02/15/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/01/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/02/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 214 
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  ,"vistos" : " VISTO: La gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones\r\nEléctricas (U.T.E.) por la que solicita la designación para ser\r\nexpropiado, del inmueble empadronado con el N° 20.600 (P) ubicado en la 7ª\r\nSección Catastral del departamento de Maldonado.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el inmueble de referencia será destinado a la\r\ninstalación de una Estación Reductora 60/15 kV;\r\n\r\nII) que la Dirección Nacional de Catastro, tasó la fracción a adquirir en\r\nU.I. 53.445,79 (cincuenta y tres mil cuatrocientas cuarenta y cinco\r\nUnidades Indexadas con setenta y nueve centésimas).\r\n\r\nCONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y\r\nsus modificativas, decretos leyes N° 14.694 del 1° de setiembre de 1977 y\r\n15.031 de 4 de julio de 1980.\r\n\r\nATENTO a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 20.600\r\n(P) ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de Maldonado y que\r\nsegún plano de mensura N° 1506 del Departamento de Bienes Raíces levantado\r\npor el Ing. Agrim. Facundo Ibargoyen consta de un área de 4000 m² y se\r\ndeslinda de la siguiente manera: al oeste recta de 88.85 m sobre Camino\r\nVecinal, al norte recta de 85.71 m sobre fracción restante del padrón N°\r\n20.600 y al sureste arco de circunferencia de 123,57 m de desarrollo y\r\n817,32 m de radio sobre Vía Férrea.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b> Ver: </b> Decreto Nº 110/015 de 07/04/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/110-2015/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.)\r\nhabrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de\r\nla indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo\r\ndispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-2013/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDGARDO ORTUÑO\r\n " 
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