VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre de 2010;
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a
instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos
de la transformación de los que se consideren necesarios para su
funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de
puestos de trabajo del Inciso correspondiente.-
CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas.-
II) que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos
solicitadas.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62
de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y a lo preceptuado por el
Decreto N° 334/011 de fecha 21 de setiembre de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a
las Unidades Ejecutoras 02 "Contaduría General de la Nación y 05
"Dirección General Impositiva", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y
Finanzas", en los cargos que se proponen en los Anexos I y II (*) que se
adjuntan y se consideran parte integrante de este decreto.-