{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "35" 
  ,"anioNorma" : 1996 
  ,"nombreNorma" : "EQUIPARACION DE CARGOS EN UNIDAD EJECUTORA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1996/02/23/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/02/1996" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/02/1996" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1996 
  ,"pagina" : 395 
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  ,"vistos" : "   Visto: Lo dispuesto por el artículo 401 de la Ley Nº 15.809 de 8 de\r\nabril de 1986 y el Decreto de fecha 19 de marzo de 1993, cuyo artículo 1º\r\nsistematiza las equiparaciones de los cargos de determinadas Unidades\r\nEjecutoras del Ministerio de Educación y Cultura con los respectivos del\r\nPoder Judicial,\r\n\r\n  Resultando: I) Por estas actuaciones, los funcionarios de las Fiscalías\r\nde Gobierno de Primer y Segundo Turnos, Señores Sergio Nicoli Olivera y\r\nEbert Durán Bruné, gestionan se revea la equiparación de sus cargos,\r\nsolicitando que el cargo de Sub Director de División, Escalafón C, Grado\r\n12 de dicha Unidad Ejecutora, se equipare con el de Director de División,\r\nEscalafón V, Grado 16, del Poder Judicial, y el de Jefe de Departamento,\r\nEscalafón C, Grado 09, con el Director de Departamento, Escalafón V, Grado\r\n12, del Poder Judicial,\r\n\r\nII) No obstante, los informes de la Oficina Nacional del Servicio Civil,\r\nla Contaduría General de la Nación, las Asesorías Letradas del Ministerio\r\nde Economía y Finanzas y del Ministerio de Educación y Cultura, son\r\ncoincidentes en el sentido de que puede modificarse la equiparación del\r\ncargo de Jefe de Departamento, Escalafón C, Grado 09, de la Unidad\r\nEjecutora 017 \"Fiscalías de Gobierno\", equiparándolo con el de Sub\r\nDirector de Departamento, Escalafón V, Grado 11, del Poder Ejecutivo.\r\n\r\n  Considerando: Que, la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y\r\nCultura determina que el Decreto de referencia no ha sido recurrido, sino\r\nque el planteo supone el ejercicio del derecho de petición y en tal\r\ncalidad, la administración se expedirá acogiendo parcialmente y respecto\r\nde una de las dos situaciones, el planteamiento efectuado,\r\n\r\n  Atento: A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por el artículo\r\n168, numeral 4º de la Constitución de la República.\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-1996/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase el artículo 1º del Decreto de 19 de marzo de 1993, en el\r\nsolo sentido de establecer que en la Unidad Ejecutora 017 \"Fiscalías de\r\nGobierno\" del Ministerio de Educación y Cultura, la equiparación del cargo\r\npresupuestado de Jefe de Departamento, Escalafón C, Grado 09, es con el de\r\nSub Director de Departamento, Escalafón V, Grado 11, del Poder Judicial.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/35-1996/1?verreferencias=articulo" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/35-1996/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUIS MOSCA\r\n " 
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