COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 28/01/1981
Publicación: 06/02/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 121

Artículo 9

   Las reposiciones de stock de bienes correspondientes a operaciones
otorgadas con anterioridad al 1º de junio de 1979 y las que surjan como
saldos exportados en exceso al 28 de enero de 1981, tendrán un plazo hasta
el 30 de octubre de 1981 para proceder a su importación.
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