COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 28/01/1981
Publicación: 06/02/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 121

Artículo 6

   Los montos adeudados por concepto de nacionalización de los bienes
comprenderán, a partir del día 29 de enero de 1981, un interés mensual de
tasa equivalente a la tasa de interés de financiamiento que aplica la
Dirección General Impositiva.
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