{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "349" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE PRESUPUESTOS DE INVERSIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE\r\nCOLONIZACION. EJERCICIOS 1975, 1976 Y 1977" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/07/04/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/06/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/07/1978" 
  ,"vistos" : "    Visto: los presupuestos de inversiones del Instituto Nacional de Colonización para los Ejercicios 1975, 1976 y 1977.\r\n\r\n   Resultando: I) El Instituto Nacional de Colonización presentó las respectivas iniciativas presupuestales;\r\n\r\n   II) La Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha entendido conveniente se proceda a la regularización de las inversiones realizadas en los ejercicios 1975 y 1976 en base a la información suministrada por el organismo, así como a la autorización de los proyectos para el ejercicio en curso;\r\n\r\n   III) El decreto 846/975, de 6 de noviembre de 1975 estableció en su artículo 23, que las inversiones realizadas durante 1975 deberán ser comunicadas a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, a los efectos de la consideración por el Poder Ejecutivo;\r\n\r\n   IV) Se recabó el dictamen del Tribunal de Cuentas de la República, quien produjo su informe constitucional expresando que no tiene observaciones que formular al proyecto de presupuesto;\r\n\r\n   V) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera y a la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca.\r\n\r\n   Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, prestar aprobación a los presupuestos de inversiones del Instituto Nacional de Colonización, para los ejercicios 1975, 1976 y 1977.\r\n\r\n   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízanse al Instituto Nacional de Colonización, las siguientes partidas correspondientes a las inversiones ya ejecutadas de los ejercicios 1975 y 1976.\r\n\r\n                            EJERCICIO 1975\r\n\r\nRubro                     Denominación                     Monto N$\r\n -                              -                             -\r\n\r\n   3  Maquinarias, Equipos y Mobiliario ..............      920.756\r\n   4  Adquisición de Inmuebles y Eq. existentes           2:069.941\r\n   5  Construcciones, Adiciones, Mejoras y Reparaciones\r\n      extraordinarias ................................      283.368\r\n   7  Transferencias .................................       ---\r\n   8  Desembolsos Financieros ........................      548.210\r\n                                                          _________\r\n                                                          3:822.275\r\n\r\n                             EJERCICIO 1976\r\n\r\n   3  Maquinarias, Equipos y Mobiliario ..............       74.504\r\n   4  Adquisición de Inmuebles y Eq. Existentes.......    1:421.869\r\n   5  Construcciones, Adiciones, Mejoras y Reparaciones\r\n      extraordinarias ................................      331.554\r\n   7  Transferencias .................................       50.665\r\n   8  Desembolsos Financieros ........................      200.863\r\n                                                           ________\r\n                                                          2:079.455    \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase la realización de las inversiones contenidas en el plan \r\npara 1977 por un total de N$ 2:631.010 (son nuevos pesos dos millones seiscientos treinta y un mil diez), de acuerdo al detalle siguiente:\r\n\r\nRubro                 Denominación                    Monto N$\r\n -                         -                             -\r\n\r\n   3  Maquinarias, Equipos y Mobiliario ...........     280.900\r\n   4  Adquisición de Inmuebles y Eq. Existentes....     969.496\r\n   5  Construcciones, Adiciones, Mejoras y Reparaciones\r\n      extraordinarias ................................. 846.614\r\n   7  Transferencias .................................. 432.000\r\n   8  Desembolsos financieros ......................... 102.000\r\n                                                       ________\r\n                                                      2:631.010\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los proyectos autorizados en el plan de inversiones que se aprueba serán realizados en la medida en que el Instituto Nacional de Colonización disponga de los recursos financieros necesarios. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Las asignaciones presupuestales del Instituto Nacional de Colonización, autorizadas para un proyecto u obra, tienen vigencia respecto de los mismos y en tanto la obra o proyecto respectivo se ejecuten. Cumplida la obra o proyecto pierden total vigencia. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Toda modificación o trasposición de rubros correspondiente e Inversiones deberá contar con opinión favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, previa presentación de la solicitud del organismo justificando las causas de las mismas. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Dejase sin efecto toda asignación correspondiente a planes de inversión anteriores al que se autoriza por el presente decreto. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/349-1978/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. - " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }