{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "348" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL DE LAS DIRECTIVAS Nros 71/20 Y 72/20 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR. IMPORTACION DE 400 UNIDADES DEL MEDICAMENTO \"BRENTUXIMAB VEDOTIN\" Y DE 48 UNIDADES DEL MEDICAMENTO \"CERLIPONASE ALFA\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/12/31/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/12/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/12/2020" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Directiva N° 71/20 y la Directiva N° 72/20 de la Comisión de Comercio del Mercosur;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que las mencionadas Directivas aprueban la rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para la importación de 400 (cuatrocientas) unidades del medicamento \"Brentuximab vedotin\" con alícuota arancelaria de 0% (cero por ciento), y de 48 (cuarenta y ocho) unidades del medicamento \"Cerliponase alfa\" con alícuota arancelaria de 0% (cero por ciento), al amparo de la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común;\r\n\r\n   II) que de acuerdo a lo que dispone el artículo 2° de dichas Directivas, las mismas deben ser incorporadas sólo al ordenamiento jurídico de la República Oriental del Uruguay;\r\n\r\n   III) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, por el cual los Estados Partes del Mercosur se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos previstos en el artículo 2° de dicho Protocolo;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que en cumplimiento de las disposiciones mencionadas precedentes, corresponde proceder a incorporar al ordenamiento jurídico nacional las Directivas a las que alude el visto;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/348-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva N° 71/20 y de la Directiva N° 72/20 de la Comisión de Comercio del Mercosur, cuyos textos se anexan (*) como parte integrante del presente Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/348-2020#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/348-2020/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese a la Secretaría del Mercosur; publíquese y archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - CAROLINA ACHE - DANIEL SALINAS " 
 }