{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LA EXTENSION DE PLAZO PARA LA REDISTRIBUCION DE \r\nFUNCIONARIOS DEL ENTE AUTONOMO PLUNA" 
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  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto en el Decreto N° 255/012 de 9 de agosto de 2012.\r\n\r\nRESULTANDO: Que por el citado decreto se prorrogó hasta el 27 de junio de\r\n2015 el régimen especial de retribución previsto por la Resolución del\r\nPoder Ejecutivo N° 1076 del 23 de noviembre de 1999, que estableció el\r\nderecho a mantener la posibilidad de ser redistribuidos de los\r\nfuncionarios presupuestados o contratados del Ente Autónomo PLUNA en goce\r\nde licencias especiales, que se encontraran desempeñando funciones en la\r\nempresa PLUNA S.A. al 28 de diciembre de 1999, en caso de cese de la\r\nrelación laboral con la citada empresa privada.\r\n\r\nCONSIDERANDO I) Que se trata de efectivizar la redistribución de dichos\r\nfuncionarios, que fueron declarados excedentes por resolución del ente\r\nautónomo PLUNA N° 12.565 de 25 de febrero de 1997, que se encuentran en\r\nuso de licencia especial por el hecho de haber sido desvinculados de la\r\nempresa PLUNA S.A.\r\n\r\nII) Que la normativa que ha regulado hasta el presente la redistribución\r\nde esos funcionarios, ha incluido en su alcance tanto a funcionarios\r\npresupuestados como contratados bajo el régimen de contrato de función\r\npública permanente (artículo 1° de la resolución del Poder Ejecutivo N°\r\n1076/999, Decreto N° 525/996 de 31 de diciembre de 1996 y artículo 42 de\r\nla Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992).\r\n\r\nIII) Que conforme a lo expuesto, es necesario contemplar las especiales\r\ncaracterísticas del régimen de redistribución previsto para esta categoría\r\nde funcionarios, compatibilizándolo con las normas de procedimiento\r\ncontenidas en el nuevo régimen de redistribución establecido en los\r\nartículos 15 a 36 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas\r\ncitadas en los Resultandos y Considerandos de este Decreto,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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