Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: que la Comisión Nacional de Artes Plásticas y Visuales ha elevado para su aprobación el proyecto de Reglamento que ha de regir la realización del 45° Salón Nacional de Artes Plásticas y Visuales correspondiente al año en curso.
Resultando: que el referido proyecto no contiene modificación respecto
a los aprobados por el Poder Ejecutivo en años anteriores, con la sólo excepción de la lógica adecuación al actual valor adquisitivo de nuestra
moneda en los premios a otorgarse y la ampliación de los mismos en
función de los nuevos materiales de expresión que utiliza el arte
moderno.
Considerando: que corresponde, por tanto, aprobar el proyecto de referencia a los efectos de que, teniendo valor legal, la Comisión Nacional quede facultada para realizar los respectivos llamados a los artistas y demás requisitos que requiere la realización de nuestro máximo
certamen plástico.
Atento: a lo informado por el Departamento Financiero Contable del Ministerio de Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Reglamento que regirá la realización del 45° Salón Nacional de Artes Plásticas y Visuales, el que queda redactado de acuerdo con el siguiente articulado: (*)
La suma global de N$ 189.000.00 (nuevos pesos ciento ochenta y nueve
mil) a que asciende la totalidad de los premios establecidos será
atendida con cargo al Rubro 7, literal c) "PREMIOS y REMUNERACIONES A LA
LABOR INTELECTUAL" del programa 1.21, Ejercicio 1981.
Comuníquese a la Comisión Nacional de Artes Plásticas y Visuales, y pase al Departamento Financiero Contable del Ministerio de Educación y Cultura a los efectos dispuestos. Cumplida la tramitación
correspondiente, archívese.