El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 10
Escala de sueldos (régimen de 48 horas semanales) Los sueldos de la escala salarial correspondiente al régimen de 48 horas semanales serán un 20% superiores que los de la escala correspondiente al régimen de 40 horas semanales.