Cuando el pasante con parte de enfermo, examinado o no por el médico de
certificaciones, se encontrare en condiciones de reintegrarse a sus
tareas, estará obligado a hacerlo inmediatamente.
Cuando fuere debidamente comprobado que el pasante en uso de licencia
por enfermedad, no cumple las disposiciones reglamentarias, salvo los
casos rigurosamente justificados, se aplicarán las sanciones que
correspondieren.