APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2014




Promulgación: 21/12/2015
Publicación: 31/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La Ejecución del Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2014.

   CONSIDERANDO: I) Que este presupuesto se rige por lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley Nro. 16.226 de 29 de octubre de 1991, modificado en lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 194 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, con la interpretación auténtica resultante del artículo 156 de la Ley 17.296, de 21 de febrero de 2001.

   II) Que es de aplicación para el Organismo lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto N° 452/967 de 25 de julio de 1967.

   III) Que del Balance de Ejecución Presupuestal surgen diferencias respecto de las cifras autorizadas oportunamente, las que han sido justificadas por el Organismo.

   IV) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe expresando que no obstante no haber observaciones, dicho balance debe ser convalidado por el Poder Ejecutivo.

   V) que el Tribunal de Cuentas ha realizado la intervención que le compete. 

   ATENTO: A lo expuesto precedentemente:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las partidas correspondientes al Balance de Ejecución del Presupuesto de Recursos, Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos, para el ejercicio 2014, de acuerdo con el siguiente detalle (en pesos uruguayos):

CONCEPTO
MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS
5.596:615.945
2.- EGRESOS
4.555:833.967
   2.1.- Egresos Operativos
4.397:026.474
      2.1.1.- Mano de Obra
1.428:159.259
      2.1.2.- Bienes y servicios
2.423:030.606
      2.1.3.- Otros
545:836.609
   2.3.- Inversiones
158:807.493
3.- SUPERÁVIT / DÉFICIT
1.040:781.979
Financiamiento
0
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL
1.040:781.979
La apertura según concepto, a nivel de precios enero - diciembre de 2014, en Pesos Uruguayos, es la siguiente:
I.-
RECURSOS
PROGRAMA I
PROGRAMA II
TOTAL
I.- 1
Ingresos del Giro
5.596:615.946
0
5.596:615.946
I.1.1.- Ingresos por explotación
5.455:405.040
0
5.455:405.040
I.1.2.- Propinas
54:330.172
0
54:330.172
I.1.3.- Ingresos Ley N° 13.453, Artículo 3°, Literal A y Ley N° 17.296 Artículo 182, Literal D
23:364.940
0
23:364.940
I.- 2
Ingresos Ajenos al Giro
63:515.794
0
63:515.794
Otros ingresos
63:515.794
0
63:515.794
TOTAL INGRESOS
5.596:615.946
5.596:615.946
5.596:615.946
I.- 3
Financiamiento
0
0
0
TOTAL RECURSOS
5.596:615.946
5.596:615.946
5.596:615.946
Apertura por programa: PROGRAMA I: EXPLOTACIÓN DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO.-
II
PRESUPUESTO OPERATIVO
3.849:024.104
0
SERVICIOS PERSONALES
1.412:568.487
01
Retribución de Cargos Permanentes
55:516.881
011.000
Sueldos básicos de cargos
35:908.781
012.000
Incremento por mayor horario permanente
19:473.880
013.000
Dedicación total
134.220
02
Retribución Personal Contratado Funciones Permanentes
175.816
021.000
Sueldo Básico Funciones Contratadas
109.885
022.000
Incremento por mayor horario permanente
65.931
03
Retribución Personal Zafral
7:165.624
031.000
Retribuciones Zafrales
7:165.624
04
Retribución Complementaria
842:941.679
042.010
Prima técnica
33.828
042.026
Compensación docente
571.450
042.033
Por tareas imp. cambio residencia habitual
5:669.111
042.038
Compensación personal transitoria
961.632
042.046
Por participación en recaudación
776:843.023
042.105
Comp. Personal transitoria A.7 L.17.930
0
043.006
Compensación por tecnificación y fiscalización
17:762.513
044.001
Prima por antigüedad
13:542.994
045.005
Quebranto de Caja
11:036.945
046.001
Diferencia por subrogación
457.054
048.004
Aumentos especiales
3:454.502
048.007
Porc. dif. del aumento art. 182 Ley 16.713
2:469.235
048.017
Aum. Sal. A partir del 1/05/03 Dec. 191/03
4:110.242
048.018
Aum. Sal. Dec. 256/004
25.903
048.021
Aum. Adic. Dec. 259/05
5.223
048.023
Rec. Salarial Ley 17.930
2:895.092
048.026
Aumento salarial Decreto 22/07
2:922.932
05
Retribuciones Diversas Especiales
90:723.839
053.000
Lic. generada y no gozada
4:884.743
057001
Becas
0
057002
Pasantías
0
058000
Horas Extra
0
059.000
Sueldo anual complementario
85:839.096
06
Beneficios al Personal
136:069.609
067.000
Compensación por alimentación
44:257.416
069.002
Compensación por perfeccionamiento técnico
20:883.986
069.003
Prima por asistencia social
25:418.757
069.004
Compensación por vestimenta
45:509.450
07
Beneficios Familiares
6:745.065
071.000
Prima por matrimonio
52.645
072.000
Prima hogar constituido
6:562.632
073.000
Prima por nacimiento
114.902
074.000
Prestaciones por hijo
14.886
08
Cargas Legales sobre Servicios Personales
272:033.409
081.000
Aporte pat. sist. seg. social sobre retribuciones
208:819.404
082.000
Otros aportes patronales sobre retribuciones
11:254.056
087.000
Aporte patronal FONASA
51:959.949
09
Otras Retribuciones
1:196.565
091.000
Retribuciones ejercicios anteriores
1:196.565
1
BIENES DE CONSUMO
5:285.956
2
SERVICIOS NO PERSONALES
2.415:348.585
5
TRANSFERENCIAS 
6:941.400
7
GASTOS NO CLASIFICADOS
8:879.676
III -
PRESUPUESTO DE INVERSIONES
158:807.493
3
BIENES DE USO
158:807.493
IV
TOTAL PROGRAMA I
4.007:831.597
PROGRAMA II: ATRIBUCIONES DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL HIPÓDROMO NACIONAL DE MAROÑAS, PREVISTAS EN LA LEY 17.006 DEL 18 DE SETIEMBRE DE 1998 Y DE PROMOCIÓN Y SUPERVISIÓN DE HIPODROMOS RECONOCIDOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CASINOS Y DE LA ACTIVIDAD HÍPICA NACIONAL, PREVISTAS EN LA LEY 18.719 de 27 DE DICIEMBRE DE 2010.
II
PRESUPUESTO OPERATIVO
0
SERVICIOS PERSONALES
15:590.772
01
Retribución con Cargos Permanentes
9:203.836
011.000
Sueldos básicos de cargos
5:752.401
012.000
Incremento por mayor horario permanente
3:451.435
04
Retribución Complementaria
1:530.355
044.001
Prima por antigüedad
64.384
045.005
Quebranto de caja
8.658
048.017
Aumento salarial Decreto 191/003
604.575
048.023
Recuperación salarial Ley 17.930
423.841
048.026
Recuperación salarial, art. 454 Ley 17.930
428.897
05
Retribuciones Diversas Especiales
928.551
059.000
Sueldo anual complementario
928.551
06
Beneficios al Personal
935.360
067.000
Compensación por alimentación
371.383
069.003
Prima por asistencia social
213.306
069.004
Compensación por vestimenta
350.671
07
Beneficios Familiares
24.360
071.000
Prima por matrimonio
0
072.000
Prima hogar constituido
24.360
073.000
Prima por nacimiento
0
08
Cargas Legales sobre Servicios Personales
2:968.310
081.000
Aporte patronal Sist. Seg. Social s/retribuciones
2:286.225
082.000
Otros aportes patronales s/retribuciones
121.418
087.000
Aporte patronal FONASA
560.667
1
BIENES DE CONSUMO
234.085
2
SERVICIOS NO PERSONALES
2.161.980
5
TRANSFERENCIAS
530:015.533
7
GASTOS NO CLASIFICADOS
0
III
PRESUPUESTO DE INVERSIONES
0
3
BIENES DE USO
0
IV
TOTAL PROGRAMA II
548:002.370

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

    TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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