{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "345" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. PARAJE COSTA GUTIERREZ. LAVALLEJA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/10/31/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/10/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/10/2012" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 1170 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones\r\nEléctricas (U.T.E.) por la que solicita la designación para ser\r\nexpropiado, el inmueble empadronado con el N° 1755 (P) ubicado en la 10ª.\r\nSección Catastral del Departamento de Lavalleja \"Paraje Costa de\r\nGutiérrez\".\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el inmueble de referencia servirá de asiento a una\r\nEstación Reductora de 60/15 kV;\r\n\r\nII) que la Dirección Nacional de Catastro tasó la fracción a adquirir en\r\nU.I. 16.012 (dieciséis mil doce Unidades Indexadas).\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que\r\nde tal suerte, UTE podrá brindar el servicio de electrificación con mayor\r\neficacia y seguridad;\r\n\r\nII) que lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus\r\nmodificativas, Decretos Ley N° 14.694 del 1°. de setiembre de 1977 y\r\n15.031 de 4 de julio de 1980.\r\n\r\nATENTO a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 1755\r\n(P) ubicado en la 10ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja\r\n\"Paraje Costa Gutiérrez\" y que según plano de mensura N° 1495 del\r\nDepartamento de Bienes Raíces levantado por la Ing. Agrim. Alida Lofredo\r\nconsta de un área de 4225m² y se deslinda de la siguiente manera: al\r\nnoreste 65m con la Ruta Nacional N° 14, al sureste, suroeste y noroeste 65\r\nm con el resto del padrón N° 1755.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-2012/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.)\r\nhabrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de\r\nla indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo\r\ndispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-2012/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN\r\n " 
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