VISTO: el Decreto 331/009 de 20 de julio de 2009.
RESULTANDO: que la norma citada incorpora al artículo 42 del Decreto
150/007 de 26 de abril de 2007, diversas excepciones en materia de
deducción de gastos en la liquidación del Impuesto a las Rentas de las
Actividades Económicas.
CONSIDERANDO: necesario precisar la vigencia de la norma citada.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el literal M) del artículo 22°
del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 artículo 42
inciso 3º).