MODIFICACION DE REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE PROGRAMAS PRESUPUESTALES. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. DIRECCION GENERAL PARA ASUNTOS CONSULARES Y VINCULACION - SERVICIO EXTERIOR. DEPARTAMENTO PARA LA VINCULACION CON LOS URUGUAYOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y ASUNTOS CONSULARES




Promulgación: 26/09/2005
Publicación: 14/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 763
Referencias a toda la norma
VISTO: el Decreto 197/1997, de 11 de junio de 1997, por el que se aprobó
el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad
Ejecutora 001 "Ministerio de Relaciones Exteriores" del Inciso 06
"Ministerio de Relaciones Exteriores", y sus modificativos;

RESULTANDO: que dicho decreto prevé la unidad de Asuntos Consulares como
dependiente de la Dirección General de Asuntos Técnico Administrativos y,
en consecuencia, relacionada con la Secretaría General a través de
aquélla;

II) que, a los efectos de atender más eficientemente las necesidades de
la actuación internacional de la República en la emergente realidad de la
política exterior, debe considerarse la existencia de un gran volumen de
uruguayos en el exterior que exigen una efectiva política de
vinculación;

CONSIDERANDO: I) que, de acuerdo a lo establecido en el capítulo III.1
del decreto mencionado en el VISTO, las Direcciones Generales del
Ministerio de Relaciones Exteriores son responsables del cumplimiento de
los cometidos sustantivos y de apoyo del Inciso y mantienen tal
denominación por requerimientos de protocolo de nivel internacional;

II) que, dado el carácter de cometidos sustantivos de los relativos a la
actuación consular, resulta conveniente que la unidad que los incluye
dependa directamente de la Secretaría General y por ello es necesario
dictar un nuevo texto orgánico, dando el nivel de Dirección General a la
unidad de Asuntos Consulares;

III) que, en consecuencia, resulta conveniente la creación de una unidad
organizativa a nivel de División en el Ministerio de Relaciones
Exteriores, que tenga por cometido el desarrollo de la actividad consular
y el fortalecimiento de la vinculación y asistencia con los connacionales
radicados fuera del país;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 17.556, de 19 de
setiembre de 2002 y a lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase las siguientes disposiciones del Decreto 197/97, de 11 de
junio de 1997, por el que se aprobó el proyecto de reformulación de la
estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Ministerio de
Relaciones Exteriores" del Inciso 06 "Ministerio de Relaciones
Exteriores"; las que quedarán redactadas de la siguiente forma:


(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   Agrégase a las disposiciones del Decreto 197/97, de 11 de junio de 1997, en el Capítulo III "Estructura Organizativa", numeral 3 "Funciones de la Secretaría General y de las Unidades Organizativas directamente dependientes", lo siguiente: (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 22.
Ver: Texto/imagen.
Ver: Decreto Nº 111/010 de 07/04/2010 artículo 4 Derogada/o.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 345/005 de 26/09/2005 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 30.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 345/005 de 26/09/2005 artículo 3.

Artículo 4

 Derógase el Decreto Nº 140/005, de 20 de abril de 2005.

Artículo 5

 Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARE VAZQUEZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI
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