{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "345" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "SEGURIDAD SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/07/28/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/07/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/07/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 257 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el inciso b) del artículo 83, del decreto constitucional 9/979 de\r\n23 de octubre de 1979.\r\n\r\n   Considerando: el interés para la Administración de mantener el derecho\r\nde opción por el régimen derogado por el decreto constitucional 9/979 de\r\nlos funcionarios incluidos en lo dispuesto por el artículo 35 inciso c),\r\nnumerales 1, 2, 3 y 4 del citado decreto, cuando cesen para ocupar otro\r\ncargo de similares características.\r\n\r\n   Atento: a lo establecido por el artículo 87 del decreto constitucional\r\n9/979 y lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Interprétase que el derecho de opción establecido por el inciso b) del\r\nartículo 83, del decreto constitucional 9/979, para los titulares de\r\ncargos políticos y de particular confianza que al 23 de octubre de 1979\r\nocupaban los mismos, se mantiene cuando el funcionario cese para pasar a\r\nocupar otro cargo de similares características.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/345-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - YAMANDU TRINIDAD - WALTER RAVENNA - CARLOS A. MAESO - ERNESTO ROSSO FALDERIN\r\n " 
 }