{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "344" 
  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 35. DECIMOSEXTO PROTOCOLO ADICIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/12/05/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/11/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/12/2000" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2000 
  ,"pagina" : 954 
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  ,"vistos" : " VISTO: El Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 celebrado con fecha \r\n25 de junio de 1996 entre los Gobiernos de los Estados Partes del \r\nMercosur y el Gobierno de la República de Chile, registrado conforme a \r\nlas disposiciones jurídicas del Tratado de Montevideo de 1980 mediante \r\nProtocolo suscrito el 30 de setiembre de 1996;\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el artículo 46 del Acuerdo mencionado en el Visto \r\nestablece que la Administración y Evaluación del mismo estarán a cargo de \r\nuna Comisión Administradora;\r\n\r\nII) Que la Comisión Administradora, en oportunidad de celebrar la Quinta \r\nReunión Ordinaria durante los días 22 y 23 de julio de 1999, aprobó la \r\nResolución MCS-CH 4/99, por la que se establece un procedimiento para la \r\nfacilitación de trámites aduaneros respecto a rectificación de errores en \r\nCertificados de Origen, el cual regirá a partir de la fecha en que todas \r\nlas Partes Signatarias lo hayan incorporado a los ordenamientos jurídicos \r\ninternos respectivos;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que lo dispuesto por la Resolución citada en el \r\nResultando II ha sido formalizado ante la Secretaría General de la ALADI \r\nmediante la suscripción del Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de \r\nComplementación Económica Nº 35 con fecha 20 de setiembre de 1999;\r\n\r\nII) Que procede incorporar al derecho positivo interno y dar a publicidad \r\nel procedimiento mencionado en el Resultando II;\r\n\r\nATENTO: A lo actuado por la Representación Permanente de la República \r\nante ALADI y a lo dictaminado por las Direcciones competentes de los \r\nMinisterios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de \r\nComplementación Económica Nº 35 celebrado entre los Gobiernos de los \r\nEstados Partes del Mercosur y el Gobierno de la República de Chile en el \r\nmarco jurídico del Tratado de Montevideo de 1980, por el que se \r\nestablecen procedimientos para la facilitación de trámites aduaneros \r\nrespecto a la rectificación de errores en Certificados de Origen, el que \r\nforma parte del presente Decreto como Anexo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/344-2000\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-2000/2" 
 ,"textoArticulo" : "  De conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo del Protocolo \r\nque se aprueba por el presente Decreto, el mismo tendrá vigencia a partir \r\nde la fecha en que todas las Partes Signatarias lo hayan incorporado a \r\nsus ordenamientos jurídicos.\r\n\r\nA esos fines facúltase a la Representación Permanente del Uruguay ante \r\nALADI para comunicar a los organismos nacionales competentes la fecha de \r\nculminación de los trámites correspondientes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-2000/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Publíquese y dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - DIDIER OPERTTI - ALBERTO BENSION\r\n\r\n\r\n\r\n " 
 }