{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "344" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DE LA CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS Y AFINES\r\n\r\n \r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/04/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/06/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1866 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: el Proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del\r\nInciso 29 \"Caja de Compensaciones por Desocupación en las Barracas de\r\nLanas, Cueros y Afines\" elevado a consideración del Poder Ejecutivo.\r\n\r\n Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el Proyecto de Reestructura de sus servicios;\r\n\r\n II) Que la comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800\r\naconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al secretario de SEPLACODI\r\nsu aprobación por el Poder Ejecutivo.\r\n\r\n Considerando: que el proyecto de referencia no produce lesión de derechos\r\nfuncionales y la partida utilizada no supera el tope legal.\r\n\r\n Atento: a lo dispuesto por el artículo 2 de la ley 14.800 de 20 de junio\r\nde 1978,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébase la Reestructura Presupuestal y racionalización \r\nAdministrativa del Programa Conducción y Coordinación Técnico- \r\nAdministrativo de Seguridad Social de Desocupación en las Barracas de \r\nLanas, Cueros y Afines del Inciso 29 - Caja de Compensaciones por \r\nDesocupación en las Barracas de Lanas, Cueros y Afines en cuyo proyecto \r\nse encuentran incluidos los antecedentes respectivos. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "            Los cargos presupuestales de los referidos Programas pasarán a\r\nser los siguientes:\r\n\r\n Programa 1.01: \"Conducción y Coordinación Técnico-Administrativo de\r\nSeguridad Social de Desocupación en las Barracas de Lanas, Cueros y\r\nAfines\".\r\n\r\n Unidad Ejecutora: Caja de Compensaciones por Desocupación en las Barracas\r\nde Lanas, Cueros y Afines.\r\n\r\n  Nº\r\nCargos         Denominación               Esc.          Grado\r\n  --               ------                 ---            ---\r\n\r\n 1        Director.......................  Ab              E5\r\n 2        Director de División...........  Ab              E4\r\n 2        Inspector I....................  Ab              E2\r\n 5        Jefe de Departamento...........  Ab              E2\r\n10        Jefe de Sección................  Ab              E1\r\n10        Administrativo I...............  Ab              12\r\n10        Administrativo II..............  Ab              11\r\n11        Administrativo III.............  Ab              10\r\n 1        Administrativo IV..............  Ab               9\r\n 1        Administrativo VI..............  Ab               7\r\n 1        Asesor I Abogado...............  AaA             E2\r\n 1        Asesor I Odontólogo............  AaA             E2\r\n 1        Asesor I Escribano.............  AaA             E2\r\n 1        Técnico II Contador............  AaA              5\r\n 1        Técnico II Médico..............  AaA              5\r\n 1        Técnico III Odontólogo.........  AaA              4\r\n 1        Ayudante Técnico I Odontología.  AcA             10\r\n 1        Intendente.....................  Ad              E5\r\n 1        Sub-Intendente.................  Ad              E4\r\n 1        Encargado I....................  Ad              E3\r\n 1        Encargado II...................  Ad              E2\r\n 1        Auxiliar I.....................  Ad              E1\r\n 1        Auxiliar II....................  Ad              07\r\n--\r\n74\r\n\r\n Las asignaciones de los cargos aprobados en esta reestructura, serán\r\ndeterminados por la Contaduría General de la Nación en función de las\r\nretribuciones que correspondan a la fecha de su vigencia.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "            Apruébase la estructura orgánico-administrativa de la Unidad\r\nEjecutora del Inciso 29, que figura en los antecedentes glosados a este\r\ndecreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/4" 
 ,"textoArticulo" : "            La presente reestructura tendrá vigencia desde el día 1 de \r\nabril de 1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella \r\nobligue, dentro de los sesenta días a contar desde su vigencia. Tales\r\nregularizaciones regirán desde la fecha de vigencia de la reestructura. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/5" 
 ,"textoArticulo" : "   La planilla de cargos, que forma parte de esta reestructura será \r\najustada al padrón existente a la fecha de vigencia de la misma, de \r\nacuerdo con las supresiones de cargos operados por pase a disponibilidad \r\nsimple y por redistribución, así como por incorporaciones de cargos.\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/6" 
 ,"textoArticulo" : "   La Contaduría General de la Nación, según los antecedentes adjuntos,\r\najustará los créditos presupuestales del Rubro 0, necesarios para la\r\naplicación de la presente reestructura.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/7" 
 ,"textoArticulo" : "   Dentro de los ciento ochenta días de publicado el presente decreto, las\r\nUnidades Ejecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico\r\nFuncional de sus dependencias y el manual de descripción y especificación\r\nde cargos, los que serán aprobados por la autoridad competente, previo\r\ninforme favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/8" 
 ,"textoArticulo" : "   Dese cuenta al Consejo de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/344-1979/9" 
 ,"textoArticulo" : "            Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - ERNESTO ROSSO - ALFREDO BAEZA ACCOSSANO\r\n " 
 }