CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 31 INDUSTRIA DEL CAUCHO. SUBGRUPO INDUSTRIA DE RECAUCHUTAJE DE NEUMATICOS




Promulgación: 11/07/1985
Publicación: 16/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Establécese que si los aumentos salariales determinados por el 
presente decreto, superan el 22%, en ningún caso el traslado a precios podrá ser mayor a lo que incide el 22% de los salarios al 1° de marzo de 1985, en la estructura de costos de cada empresa.
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