CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 31 INDUSTRIA DEL CAUCHO. SUBGRUPO INDUSTRIA DE RECAUCHUTAJE DE NEUMATICOS




Promulgación: 11/07/1985
Publicación: 16/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Dispónese que los salarios de los trabajadores comprendidos en el
presente decreto, desde el 1° de junio de 1985 y hasta el 30 de setiembre
de 1985, serán el resultado de actualizar los salarios vigentes al 1° de
marzo de 1985; por el coeficiente 1.2444. Si los salarios así calculados fueren inferior a los establecidos para cada una de las categorías incluídas en el artículo anterior, se aplicarán estas últimas.
Ayuda