{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "342" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS. EJERCICIO 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/07/16/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/05/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/07/1980" 
  ,"obsPublicacion" : "Publicado anteriormente: 11/07/1980\r\n" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 1091 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: los derechos 33/980 y 243/980, de 16 de enero de 1980 y 18 de\r\nabril de 1980 respectivamente.\r\n\r\n   Considerando: la necesidad de introducir algunas modificaciones en las\r\nasignaciones presupuestales de inversión de diversos incisos.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación\r\ny Difusión,\r\n\r\n     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Elimínase del tope de inversiones a que refiere el artículo 3 del\r\ndecreto 33/980, de 16 de enero de 1980, los gastos correspondientes al\r\nmantenimiento vial de rutina del Inciso 10 Ministerio de Transporte y\r\nObras Públicas para el presente ejercicio.\r\n   Los Proyectos 041 y 042 del Programa 2.03, Inciso 10, que compone el\r\nmantenimiento en el Plan de Inversiones Públicas y serán financiados con\r\nel Fondo de Inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación para el ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 05 \"Ministerio de Economía y Finanzas\" en N$ 2:815.000.00 (nuevos\r\npesos dos millones ochocientos quince mil).\r\n   Incorpórase en el Programa 2.01 de dicho Inciso el Proyecto 008\r\n\"Adquisición de Vehículos\" con una asignación de \"Rentas Generales\" de N$\r\n415.000.00 (nuevos pesos trescientos veinte mil). Créase en el Programa\r\n2.06 del Proyecto  004 \"Mejoras y reparaciones edificio oficinas\" con una\r\nasignación de \"Rentas Generales\" para el ejercicio 1980 de nuevos pesos\r\n2:400.000.00 (nuevos pesos dos millones cuatrocientos mil).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación para el ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 06 \"Ministerio de Relaciones Exteriores\" en N$ 17:035.000.00\r\n(nuevos pesos diecisiete millones treinta y cinco mil).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase, fijándose en N$ 672:372.000.00 (nuevos pesos seiscientos\r\nsetenta y dos millones trescientos setenta y dos mil) la asignación dentro\r\ndel tope de inversiones para el ejercicio 1980, correspondiente al Inciso\r\n10 \"Ministerio de Transporte y Obras Públicas\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpóranse al Anexo I del decreto 33/980 los proyectos del Inciso 10\r\n\"Ministerio de Transporte y Obras Públicas\" que figuran en el\r\nAnexo I<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> y las modificaciones de las asignaciones de los incluidos en el Anexo II,<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> los cuales forman parte integrante de este decreto. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1980/07/16/2\" target=\"_blank\">Nº 342/980</a> de \r\n28/05/1980.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación del ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 12 \"Ministerio de Salud Pública\" en N$ 2:000.000.00 (nuevos pesos\r\ndos millones) e incorporase en el Programa 2.04, el Proyecto 2.04, el\r\nProyecto 043 \"Construcción Hospital de Durazno\" con una asignación de\r\n\"Rentas Generales\" de N$ 2:000.000.00 (nuevos pesos dos millones) para el\r\nejercicio 1980, N$ 3:500.000.00 (nuevos pesos tres millones quinientos\r\nmil) para 1981, N$ 3:500.000.00 (nuevos pesos tres millones quinientos\r\nmil) para 1982, tres años de ejecución, y un monto global de N$\r\n9:000.000.00 (nuevos pesos nueve millones).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación del ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 13 \"Ministerio de Trabajo y Seguridad Social\" en N$ 3:065.000.00\r\n(nuevos pesos tres millones sesenta y cinco mil\", e incorpóranse en el\r\nPrograma 2.01, los Proyectos 003 \"Adecuación y equipamiento edificio sede\r\ny 004 \"Adquisición de vehículos\" con asignaciones  de \"Rentas Generales\"\r\nde N$ 1:724.000.00 (nuevos pesos un millón setecientos veinticuatro mil) y\r\nN$ 1:341.000.00 (nuevos pesos un millón trescientos cuarenta y un mil)\r\nrespectivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/8" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación del ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 15 \"Ministerio de Justicia\", en N$ 5:000.000.00 (nuevos pesos cinco\r\nmillones) e incorpórase en el Programa 2.01, el Proyecto 004 \"Adquisición\r\ninmueble Padrón Nº 14.684\" con una asignación de \"Rentas Generales\" de N$\r\n5:000.000.00 (nuevos pesos cinco millones).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/9" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase la asignación del ejercicio 1980, correspondiente al\r\nInciso 25 \"Consejo Nacional de Educación\" en N$ 7:733.000.00 (nuevos pesos\r\nsiete millones setecientos treinta y tres mil) e incorpóranse en el\r\nPrograma 2.04 los Proyectos 032 \"Finalización inversiones Convenio UTU -\r\nBID\" y 033 \"Adquisición inmueble Centro Docente de Comercio y\r\nacondicionamiento\" con asignación de \"Rentas Generales\" de N$ 2:733.000.00\r\n(nuevos pesos dos millones setecientos treinta y tres mil) y de\r\n\"Donaciones, venta inmuebles y otros\" de N$ 5:000.000.00 (nuevos pesos\r\ncinco millones) respectivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/10" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícanse las asignaciones del Plan de Inversiones Públicas para los\r\naños 1981, 1982 y siguientes correspondientes al 004 del Programa 2.18,\r\nInciso 08 \"Ministerio de Industria y Energía\" fijándolas en nuevos pesos\r\n19:561.000.00 (nuevos pesos diecinueve millones quinientos sesenta y un\r\nmil), N$ 5:875.000.00 (nuevos pesos cinco millones ochocientos setenta y\r\ncinco mil), y nuevos pesos 11:382.000.00 (nuevos pesos once millones\r\ntrescientos ochenta y dos mil) respectivamente, con un monto global de N$\r\n50:618.000.00 (nuevos pesos cincuenta millones seiscientos dieciocho mil).\r\n   La asignación para el ejercicio 1981 incluye nuevos pesos 11:915.000.00\r\n(nuevos pesos once millones novecientos quince mil) financiados con\r\ncrédito bancario externo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "11" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 11" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/11" 
 ,"textoArticulo" : "    Las inversiones del Inciso 10 \"Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas\", financiadas con el \"Fondo de Inversiones del Ministerio de\r\nTransporte y Obras Públicas\", serán ejecutadas en la medida a las\r\ndisponibilidades reales de dicho fondo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "12" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 12" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/12" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase la financiación de los Proyectos del Inciso 10 \"Ministerio\r\nde Transporte y Obras Públicas\" incluidos en el Anexo II del decreto\r\n243/980, de 18 de abril de 1980, de \"Rentas Generales\" al \"Fondo de\r\nInversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "13" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 13" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/13" 
 ,"textoArticulo" : "    El Proyecto 014 del Programa 2.01, Inciso 10 \"Ministerio de Transporte\r\ny Obras Públicas\" podrá ser utilizado directamente para reforzar las\r\nasignaciones de los Proyectos del Inciso que figuran en el Anexo II del\r\ndecreto 243/980, para cubrir los mayores costos y los imprevistos y\r\nextraordinarios de obras, debiendo comunicar a la Secretaría de\r\nPlaneamiento, Coordinación y Difusión y a la Contaduría General de la\r\nNación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "14" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 14" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/14" 
 ,"textoArticulo" : "    La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas, cuando ejecute un Proyecto de un Inciso, ya sea por\r\nadministración o por contrato, deberá brindar a los Incisos\r\ncorrespondientes, rendiciones de cuentas mensuales que incluya el avance\r\nfísico de las obras.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "15" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 15" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/15" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase la denominación del Proyecto 103 del Programa 2.03, Inciso\r\n10 \"Ministerio de Transporte y Obras Públicas\", el que se pasará a llamar:\r\n\"R.26 Tacuarembó - Melo\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "16" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 16" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/16" 
 ,"textoArticulo" : "    Ningún Inciso podrá efectuar inversiones sin contar con el crédito\r\npresupuestal correspondiente, autorizado por el Poder Ejecutivo a nivel de\r\nProyecto e incluido en el Plan de Inversiones Públicas.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/16?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "17" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 17" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1980/17" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - JUAN C. CASSOU -\r\nFERNANDO BAYARDO BENGOA\r\n " 
 }