{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "342" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LOS ARANCELES DE ADUANA CORRESPONDIENTES A RECAMBIOS DE TINTA LIQUIDA PARA BOLIGRAFOS Y MARCADORES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/03/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/06/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1846 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: la gestión promovida por la firma Mapa S.A. a efectos de que se\r\nconceda reducción del nivel de tributación aduanera los \"Recambios de\r\ntinta líquida para bolígrafos y marcadores\".\r\n\r\n Resultando: que el Cuerpo  Permanente de la Junta de Aranceles informa\r\nque, habiéndose dictado el decreto 419/978 de 17 de julio de 1978\r\nincluyendo en los Aranceles de Aduana el item 98.03.90.92 Recambio de\r\ntinta líquida para bolígrafos con la Tributación de IMADUNI 20 %, TBM 2%\r\ncorresponde acceder a lo solicitado otorgando el mismo tratamiento a los\r\n\"Recambios de tinta líquida para marcadores\".\r\n\r\n Considerando: que la ley 14.629 de 5 de enero de 1977 por los artículos 4\r\ny 27 faculta al Poder Ejecutivo a reducir el Impuesto Aduanero Unico a la\r\nimportación y la Tasa de Movilización de Bultos por lo que corresponde la\r\nmodificación de los Aranceles de Aduana, en base a lo propuesto por el\r\nCuerpo Permanente de la Junta de Aranceles, de acuerdo a lo establecido\r\npor la ley 13.318 de 26 de diciembre de 1964, artículos 262, inciso A) y\r\n265.\r\n\r\n Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las\r\nAsesorías Económico - Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "                Modifícanse los Aranceles de Aduana en el item 98.03.90.92,\r\nel que quedará redactado de la manera siguiente:\r\n\r\n \"98.03.90.92 Recambio de tinta líquida para bolígrafos y marcadores,\r\nIMADUNI 20%, TMB 2%\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/342-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "            Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }