{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "341" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO (ASSE)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/07/23/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/07/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/07/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 111 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: el Artículo 2º de la Ley Nº 18.161 de 29 de julio de 2007, que\r\ndetermina que el Directorio de la Administración de los Servicios de Salud\r\ndel Estado estará compuesto por 5 (cinco) miembros, dos de los cuales\r\ndeberán ser representativos de los usuarios y de los trabajadores de dicha\r\nAdministración;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que, el citado Artículo de la Ley referida establece que su\r\nreglamentación determinará la forma en que dichos usuarios y trabajadores\r\nformularán sus respectivas propuestas al Poder Ejecutivo;\r\n\r\nII) que, el de los usuarios, es un colectivo con incipientes antecedentes\r\nde organización como tal;\r\n\r\nIII) que, los trabajadores tienen una larga historia de organización por\r\nsectores, contando además con una Central Unica de Trabajadores como lo es\r\nel PIT-CNT;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, la participación de los usuarios y los trabajadores\r\nes un objetivo del Sistema Nacional Integrado de Salud;\r\n\r\nII) que, existe interés de los usuarios y trabajadores por participar\r\nactivamente en la gestión de la Administración de los Servicios de Salud\r\ndel Estado;\r\n\r\nIII) que, para que la conjunción de voluntades enunciadas en los\r\nConsiderandos anteriores se exprese en los hechos, es necesario concretar\r\nla integración de los usuarios y trabajadores al Directorio de la\r\nAdministración de los Servicios de Salud del Estado;\r\n\r\nIV) que, pese a su incipiente formalización, hay organizaciones de\r\nusuarios con mayor grado de representatividad que otras;\r\n\r\nV) que, el PIT-CNT es la organización más representativa de los\r\ntrabajadores en general, a la cual a su vez están integradas parte de las\r\norganizaciones de los trabajadores de la Administración de los Servicios\r\nde Salud del Estado;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     Actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/341-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Para el primer Directorio de la Administración de los Servicios de Salud\r\ndel Estado, el representante de los usuarios será designado por el Poder\r\nEjecutivo, escuchando las propuestas de la organización de los mismos que\r\ntenga mayor grado de representatividad. De la misma forma se designará a\r\nsu alterno.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/341-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Para el primer Directorio de la Administración de los Servicios de Salud\r\ndel Estado, el representante de los trabajadores será designado por el\r\nPoder Ejecutivo, escuchando las propuestas del PIT-CNT. De la misma forma\r\nse designará a su alterno.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/341-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - PEDRO VAZ - DANILO ASTORI - JORGE MENENDEZ\r\n- MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - GERARDO GADEA - EDUARDO BONOMI - MIGUEL\r\nFERNANDEZ GALEANO - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - ANA\r\nOLIVERA\r\n " 
 }