CREACION DE COMISION NACIONAL DE CERTIFICACION OCUPACIONAL




Promulgación: 22/10/2018
Publicación: 30/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   (Dimensión estratégica y normativa) La Comisión Nacional de Certificación Ocupacional será presidida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Dirección Nacional de Empleo y estará integrada por representantes de dicha cartera, del Consejo de Educación Técnico Profesional, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, el PIT - CNT y las Cámaras Empresariales.
   Las instituciones y organizaciones referidas designarán junto a sus representantes titulares, un delegado alterno a los efectos de garantizar su funcionamiento. Sin perjuicio de esta integración la comisión podrá convocar a otras instituciones u organizaciones que considere pertinentes para el cumplimiento de sus objetivos.
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