{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "340" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL DECRETO 121/979 QUE INCLUYE EN LA NOMINA DE PLAGAS DE LA AGRICULTURA A LA ENFERMEDAD \"CANCRO CITRICO\"\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/06/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/06/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1824 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 416/988 de 08/06/1988 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/416-1988/4\" >4</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "  Visto: estos antecedentes relacionados con el asunto que a continuación\r\nse indicará.\r\n\r\n Resultando: I) Por decreto 121/979, de fecha 21 de febrero de 1979, se\r\ndeclaró plaga de la agricultura a la bacteria Xanthomonas citri (Hasse\r\nDowson), en todas sus razas y formas causante de la enfermedad denominada\r\nCantro cítrico y se establecieron normas para las campañas de prevención y\r\nerradicación de la citada enfermedad;\r\n\r\n II) Por el artículo 18 del citado decreto, se creó una Comisión Regional\r\nque se denominará \"Comisión de Defensa contra la Cancrosis\".\r\n\r\n Considerando: dada la importancia que tiene la citada campaña, la misma\r\ndeberá realizarse a nivel nacional, por lo que se hace necesario\r\nestablecer una Comisión Nacional, en reemplazo de la Comisión Regional\r\nestablecida.\r\n\r\n Atento: a lo dispuesto por la ley 3.921, de fecha 28 de octubre de 1911 y\r\nsu decreto reglamentario de 9 de marzo de 1912; a lo informado por la\r\nDirección General de los Servicios Agronómicos y la Dirección de\r\nAsesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 340/979 de 08/06/1979 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/340-1979/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/340-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 340/979 de 08/06/1979 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/340-1979/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - JORGE LEON OTERO - MANUEL J. NUÑEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }