FUNCIONARIOS MILITARES. AUMENTO SALARIAL. ENERO 2011




Promulgación: 24/01/2011
Publicación: 01/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 212
VISTO: los artículos 165, 166 y 167 de la Ley N° 18.719 del 27 de
diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) que por dichos artículos se incrementan para el ejercicio
2011, las remuneraciones en los grados de Soldado de 1ª a Alférez y grados
equivalentes.

CONSIDERANDO: I) que por Resolución D/619 de 18 de enero de 2011 se
suprimen 951 vacantes de Soldado de 1ª y equivalentes del Escalafón K
"Militar" por un monto de $ 98:887.178.- (noventa y ocho millones
ochocientos ochenta y siete mil ciento setenta y ocho pesos uruguayos) de
acuerdo a lo previsto por el artículo 165 de la Ley N° 18.719.

II) que por los artículos 166 y 167 de la Ley N° 18.719 se dispone de $
55:000.000 (pesos uruguayos cincuenta y cinco millones) y $ 40:000.000
(pesos uruguayos cuarenta millones).

III) que los montos que surgen de los considerandos I) y II) permiten
incrementar las retribuciones para el ejercicio 2011 en $ 500.- (pesos
uruguayos quinientos) para los grados de Soldado de 1ra. a Alférez y sus
equivalentes del Escalafón K "Militar" y los civiles equiparados a dichos
grados militares.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Increméntase, a partir del 1° de enero de 2011 en $ 500 (quinientos pesos
uruguayos) las retribuciones del personal subalterno y superior del
Escalafón K "Militar", en los grados de Soldado de 1° a Alférez y sus
equivalentes y los civiles equiparados a dichos grados militares.

Artículo 2

 La aplicación del incremento dispuesto se financia con la supresión de
cargos dispuesta por el artículo 165 de la Ley 18.719 y por las partidas
otorgadas por los artículos 166 y 167 de la misma ley. El Ministerio de
Defensa Nacional comunicará a la Contaduría General de la Nación la
reasignación definitiva entre las unidades ejecutoras y programas de los
créditos presupuestales que se autorizan para el incremento de
retribuciones dispuesto.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSE MUJICA - JORGE VAZQUEZ - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
Ayuda