FIJACION DE SALARIO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. ENERO 2000




Promulgación: 28/01/2000
Publicación: 07/02/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 287

Artículo 4

 Los Organismos comprendidos en el artículo 220º de la Constitución de la
República adecuarán las remuneraciones de sus funcionarios, a partir de
la misma fecha y de acuerdo a los mismos porcentajes establecidos en los
artículos 1º y 2º del presente Decreto.-
Referencias al artículo
Ayuda