REGLAMENTACION DE LA LEY DE MARCAS




Promulgación: 03/02/1999
Publicación: 09/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.011 de 25/09/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DE LOS AGENTES DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Artículo 75

Los agentes de propiedad industrial gozarán de un estatuto especial para
el ejercicio de su actividad laboral, debiendo ajustar sus conductas a
los principios de respeto, buena fe y lealtad.
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