CAPITULO I - DEL REGISTRO DE MARCAS SECCION I - TRAMITE DE SOLICITUD DE REGISTRO DE MARCA
Artículo 6
Presentada una solicitud con los recaudos requeridos, la Dirección
Nacional de la Propiedad Industrial procederá a publicar en el Boletín de
la Propiedad Industrial, por una sola vez, un extracto de la misma. (*)