REGLAMENTACION DE LA LEY DE MARCAS




Promulgación: 03/02/1999
Publicación: 09/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.011 de 25/09/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DEL REGISTRO DE MARCAS COLECTIVAS Y DEL REGISTRO DE MARCAS
DE CERTIFICACION O GARANTIA

Artículo 42

Las marcas colectivas no podrán ser objeto de licencia en favor de
personas distintas de aquéllas autorizadas por el titular, salvo
disposición expresa en contrario establecida en el Reglamento de Uso.
Referencias al artículo
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