REGLAMENTACION DE LA LEY DE MARCAS




Promulgación: 03/02/1999
Publicación: 09/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.011 de 25/09/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DEL REGISTRO DE MARCAS COLECTIVAS Y DEL REGISTRO DE MARCAS
DE CERTIFICACION O GARANTIA

Artículo 40

Si del Reglamento de Uso o de sus posteriores modificaciones surgen
observaciones de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, se
dará traslado al solicitante o al titular para que, en un plazo de
treinta días corridos, perentorios e improrrogables, presente los
descargos que estime pertinentes.
Referencias al artículo
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